Ofertas de empleo público

Ofertas de empleo público
Imagen Ofertas de empleo

 

El Ayuntamiento de Portezuelo publica las Ofertas de Empleo Público, otras convocatorias y las bolsas de trabajo ofertadas por la entidad en cada ejercicio.

Bases de la convocatoria PLAN DE EMPLEO SOCIAL (1ª Convocatoria)
El Ayuntamiento de Portezuelo publica las BASES GENERALES PARA LA CONTRATACIÓN DE UN PUESTO DE TRABAJO AL AMPARO DEL DECRETO 131/2017, de 1 de agosto, por el que se regula el Plan de Empleo Social en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura... (RESOLUCIÓN de 3 de noviembre de 2017.DOE Nº 216 DE 10-11-2017), el modelo de solicitud y aquellas autorizaciones y consentimientos a presentar por los aspirantes.
 
 
Puestos:
- 1 Peón de Servicios Múltiples (Servicio de utilidad colectiva).
Fechas
El plazo de presentación de solicitudes será hasta las 13:00 horas del día 5 de Diciembre de 2017.
La Constitución de la Comisión de selección se celebrará el Lunes, día 11 de Diciembre de las 09:30 horas, en el Salón de Actos del Ayuntamiento de Portezuelo.
 
Requisitos
Serán beneficiarios del Plan de Empleo Social las personas que cumplan los siguientes requisitos:
 
  1. Deberán encontrarse empadronadas en el municipio de Portezuelo en la fecha de publicación de las presentes bases (este dato será comporbado de oficio por el Ayuntamiento).
  2. Tener la condición de parados/as de larga duración, entendiéndose por tal quien en los últimos 12 mees no haya trabajdo más de 30 días a tiempo completo. Para el cómputo de los supuestos contratos a tiempo parcial se tendrá en cuenta el total de días cotizados y en el supuesto de trabadores del Sistema Especial Agrario de la Seguridad Social solo se computarán las jornadas reales efectivamente trabjadas. Estos extremos serán comprobados mediente Informe de Vida Laboral de la Seguridad  Social de los aspirantes, que deberán aportar obligatoriamente junto a la solicitud, sin cuyo requisito no serán admitidos.
  3. No ser beneficiarias ni perceptoras de prestación contributiva por desempleo en la fecha del cumplimiento de requisitos.
  4. Las rentas o ingresos de cualquier naturaleza de la unidad familiar de convivenvia no podrán superar los siguientes límites, en cómputo anual: a) La cuantía del Salario Mínimo Interprofesional vigente en el año de la convocatoria, si la persona solicitante es la únicoa que integra la unidad familiar de convivencia. b) Dicha cuantían, incrementada en un 8%, por cada miembro adicional de la unidad familiar, hasta un máximo del 1,5 veces el S.M.I.
  5. Tener especial dificultad de empleabilidad / riesgo de exclusión.
  6. Tener la condición de parados/as, que no cumplan con la condición de parado de larfa duración como marca el Decreto, y que concurran al proceso selectivo reuniendo todos los demás requisitios (únicamente para el caso de que no hubiera suficientes asirantes con la condición de parados de larga duración en esta convocatoria).
Documentos